Preguntas Frecuentes

1-No tengo constancia de salario. ¿Puedo tener un contrato?

Sí puede iniciar el contrato. Nosotros no le pedimos constancia de salario en la etapa de ahorro ni en la etapa de préstamo.

2-Soy extranjero. ¿Puedo adquirir un contrato?

¡Claro que puede! Para adquirir un contrato no importa la nacionalidad que usted tiene.

3-¿Cómo funcionan los contratos de Ahorro y Préstamo?

Funciona a través de dos etapas: Una que es en la que usted ahorra por un período mínimo de 2 años hasta un máximo de 10 años y la otra etapa donde el INVU le financia a partir de un 7% anual fijo y sobre saldos.

4-¿Cuál es el monto máximo que me presta el INVU?

El monto máximo es de 155 millones por unidad habitacional, respetando los topes de inversión. Pero usted puede suscribir el monto que desee y aplicarlos en diferentes inversiones.

5-¿Cuántos contratos puedo tener?

La suscripción de los contratos es ilimitada.

6-¿Qué requisitos ocupo para iniciar un contrato?

El único requisito es la primera cuota de ahorro.

7-¿Cómo sé cuál plan me conviene más?

El plan y el monto que más le conviene es aquél que a futuro le alcance para resolver el objetivo que usted se planteó al iniciarlo. Para esta decisión cuenta con la asesoría del Comisionista.

8-¿Se puede financiar parte de la inversión con otra institución?

Sí se puede, siempre que sea una institución pública, el INVU le acepta II o III grado la hipoteca.

9-¿Cuáles son las finalidades del Sistema?

Las finalidades del Sistema son: construcción en terreno propio, compra de terreno y construcción, compra de lote o casa, ampliación, remodelación, cancelación o pagos parciales de hipoteca.

10-¿Qué montos puedo aplicar por cada finalidad?

    Los topes de inversión son:

  • Compra de terreno ( 67 millones).
  • Compra de terreno y construcción ( 155 millones).
  • Construcción en terreno propio ( 88 millones).
  • Ampliación o remodelación ( 45 millones).
  • Compra de casa nueva ó usada ( 146 millones).
  • Cancelación o pagos parciales de hipotecas generadas por las anteriores finalidades.

11-¿Qué sucede si no puedo seguir pagando mi contrato?

Lo puede dejar congelado y en el momento que lo desee, puede reactivarlo. Si lo que quiere es renunciar el INVU le va a devolver su ahorro menos la cuota de ingreso o sea, el 4 % del valor del contrato:

12-¿Qué tipos de hipoteca puedo cancelar con Ahorro y Préstamo?

Se pueden cancelar cualquier hipoteca, siempre y cuando la razón por la que se adquirió la deuda haya sido por cualquiera de las finalidades del sistema de Ahorro y Préstamo.

13-¿Puedo aumentar el monto de mi contrato?

El monto del contrato por sí mismo no se puede aumentar, lo que sí se puede es suscribir otro contrato o comprarle a otro ahorrante un contrato que lleve el tiempo parecido al suyo, para poder utilizarlos juntos.

14¿Qué sucede si fallezco?

Cuando usted suscribe su contrato debe de nombrar un beneficiario, el cual adquiere sus mismos derechos. Si el fallecimiento se produce en la etapa de cancelación de deuda, ésta queda saldada pues hay una póliza que la cubre.

15-¿Puedo pagar la deuda antes del tiempo estipulado?

Sí puede, y sin ninguna penalización económica. También puede hacer abonos al capital adeudado.

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